DECRETO 1074 DE 2025 PARA TONTOS

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Por otro ala, la pega de las bicicletas de pedaleo asistido de los diferentes programas del MOVES ha tenido un impacto pesimista tanto en el sector de fabricación y comercialización de estos vehículos, como en la tendencia creciente que hasta el año 2024 venía encadenando las cifras de demanda de movilidad ciclista. Esto hace necesario medidas urgentes que permitan fomentar el uso de la bici de acuerdo a los objetivos contenidos en la Organización Estatal de la Biciclo para recuperar la senda de crecimiento en su uso que se venía arrastrando hasta el pasado año. Las bicicletas de pedaleo asistido tanto en su versión privada y particular como en el entrada a través de los diferentes sistemas de bicicleta pública de las ciudades han demostrado, unido a la extensión de una infraestructura protegida paras los ciclistas, ser de las medidas más eficientes en impulsar el fomento del uso de la bici y, muy especialmente, en hacer de su uso una opción accesible para aquellos que hasta ahora no la utilizan en su movilidad cotidiana.

Para la aplicación del porcentaje anteriormente indicado, la autoridad gremial que hubiese facultado el expediente de regulación temporal de empleo deberá comunicar fehacientemente a la Pagaduría General de la Seguridad Social la identificación de las empresas y personas trabajadoras a las que se refiere el párrafo preliminar.

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El objeto de estas ayudas es la ampliación y mejoría de la propuesta de los actuales servicios de transporte divulgado colectivo terrestre en el año 2025. Las ayudas para la mejoramiento se plantean para los siguientes bloques de solicitud:

c) Suscribir por arrendador y arrendatario el compromiso relativo al aval al inquilinato, con arreglo al modelo consentido por la Administración.

Disposiciones relativas a los concesionarios de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera competencia de la Oficina Caudillo del Estado

Los suscriptores pueden entrar a una representación visual de un caso y sus relaciones con otros casos. Como alternativa a las listas de casos, el Carta de Precedentes facilita la tarea de encontrar que caso tienes más relevancia en tu búsqueda.

En este decorado, si bien resulta necesario sustentar la continuidad de un doctrina de ayudas al transporte terrestre colectivo urbano o interurbano, se hace preciso la revisión, incorporando al mismo tiempo otro tipo de actuaciones que pongan el foco en la opción modal de movilidad, promoviendo un trasvase del uso del vehículo íntimo, secreto, individual, reservado, personal, al transporte público o cerca de otras soluciones que, desde el punto de apariencia medioambiental, sean más sostenibles.

En la recorrido de lo manifestado en el anterior apartado y como que es el acoso sexual escolar medida tendente a respaldar ese cambio modal de sustitución del transporte privado para los desplazamientos de corta distancia, el capítulo V contempla ayudas para la adquisición de ciclos de pedaleo asistido.

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Ayudas para fomentar la ampliación y perfeccionamiento en la propuesta de los servicios de transporte colectivo terráqueo de pasajeros

1. Desde el 1 de enero de 2025, los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo el 31 de diciembre de 2024, las prestaciones por cese de actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma, prevista en el apartado uno del artículo 36 del Efectivo Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, seguirán percibiéndolas, sin que se computen, a pertenencias de consumir los períodos máximos de percepción establecidos, los seis meses de prestación de cese de actividad prevista en este apartado.

1. Los importes que perciban las comunidades autónomas y las entidades locales con cargo a los créditos presupuestarios que se autorizan deberán destinarse exclusivamente a financiar la prestación del servicio de transporte manifiesto urbano o interurbano y, en todo caso, a compensar en el plazo máximo de dos meses desde la recibimiento de las ayudas o anticipos de las mismas, a las entidades y operadores de transporte que realicen los descuentos efectivos por la merma de ingresos que haya supuesto la implantación de la medida.

Las medidas contempladas en esta norma gozan de los requisitos de extraordinaria y urgente necesidad que exige el artículo 86 de la Constitución Española como presupuestos habilitantes para la aprobación de un real decreto-ley.

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